ARTÍCULO 12.
La opción seminario de titulación, consiste en que el pasante acredite dicho seminario, con una duración mínima de ciento cincuenta horas, para el nivel superior,que para tal efecto organice la subdirección académica de las escuelas, centros y unidades de enseñanza y de investigación, previo acuerdo del consejo técnico consultivo escolar y autorización de la Secretaría Académica.
Para acreditar este curso se deberá obtener una calificación no menor de ocho y una asistencia mínima del noventa por ciento, además de presentar un trabajo escrito relacionado con el tema de seminario.
La Secretaría Académica señalará los procedimientos aplicables para laorganización, impartición y acreditación de los seminarios de titulación,considerando los aspectos de programación, contenidos, evaluación y calidad delos expositores.